{"id":700,"date":"2025-03-25T11:46:07","date_gmt":"2025-03-25T10:46:07","guid":{"rendered":"https:\/\/retina-der.uniovi.es\/?p=700"},"modified":"2025-03-25T11:46:54","modified_gmt":"2025-03-25T10:46:54","slug":"algunos-apuntes-sobre-el-anteproyecto-de-ley-de-inteligencia-artificial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/retina-der.uniovi.es\/index.php\/2025\/03\/25\/algunos-apuntes-sobre-el-anteproyecto-de-ley-de-inteligencia-artificial\/","title":{"rendered":"Algunos apuntes sobre el Anteproyecto de Ley de Inteligencia Artificial"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"justificado\" id=\"justificado\">En el Consejo de Ministros del d\u00eda 11 de marzo de 2025&nbsp;<a href=\"https:\/\/digital.gob.es\/comunicacion\/sala-de-prensa\/comunicacion_ministro\/2025\/03\/2025-03-11.html\"><strong>el Gobierno dio \u201cluz verde al anteproyecto de ley para un uso \u00e9tico, inclusivo y beneficioso de la Inteligencia Artificial\u201d<\/strong><\/a>&nbsp;e inform\u00f3 que, cuando se convierta en ley, adaptar\u00e1 la legislaci\u00f3n espa\u00f1ola al reglamento europeo de IA, ya en vigor, combinar\u00e1 un enfoque regulador con el impulso a la innovaci\u00f3n y con ella Espa\u00f1a se adelantar\u00e1 a la obligaci\u00f3n europea de establecer un entorno controlado de pruebas para ayudar a los proveedores de IA a cumplir la legislaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"justificado\" id=\"justificado\">En estas l\u00edneas analizaremos brevemente el contenido de este&nbsp;<a href=\"https:\/\/avance.digital.gob.es\/_layouts\/15\/HttpHandlerParticipacionPublicaAnexos.ashx?k=19128\"><strong>Anteproyecto de Ley<\/strong><\/a>&nbsp;aunque hay que comenzar poniendo de relieve el escaso tiempo que se ha dispuesto para la presentaci\u00f3n de posibles alegaciones: se nos informa que la audiencia p\u00fablica para ello estar\u00e1 abierta \u201c<a href=\"https:\/\/avance.digital.gob.es\/es-es\/participacion\/paginas\/detalleparticipacionpublica.aspx?k=468#:~:text=Presentaci%C3%B3n%20de%20alegaciones&amp;text=La%20audiencia%20p%C3%BAblica%20estar%C3%A1%20abierta,interesados%20pueden%20presentar%20sus%20contribuciones.\"><strong>desde el 18 de marzo hasta el 26 de marzo a las 23:59. Durante este periodo, todos los interesados pueden presentar sus contribuciones<\/strong><\/a>\u201d. Parece muy poco tiempo para que pueda enriquecerse el texto con las aportaciones ciudadanas aunque el argumento es el recurso al art\u00edculo 27.1 de la Ley del Gobierno relativo a la tramitaci\u00f3n urgente de iniciativas normativas en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n General del Estado, donde se prev\u00e9 que el Consejo de Ministros, a propuesta del titular del departamento al que corresponda la iniciativa normativa, podr\u00e1 acordar la tramitaci\u00f3n urgente del procedimiento de elaboraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de anteproyectos de ley cuando fuere necesario para que la norma entre en vigor en el plazo exigido para la transposici\u00f3n de directivas comunitarias o el establecido en otras leyes o normas de Derecho de la Uni\u00f3n Europea.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"justificado\" id=\"justificado\">Aqu\u00ed la norma europea que se pretende complementar es el Reglamento (UE) 2024\/1689, de 13 de junio de 2024, de inteligencia artificial (RIA), que obliga a los Estados a establecer un r\u00e9gimen sancionador antes de las fechas indicadas para la aplicaci\u00f3n del cap\u00edtulo sancionador, que, en el caso de las pr\u00e1cticas prohibidas del art\u00edculo 5, debe establecerse antes del 2 de agosto de 2025. Dado que el Reglamento es de junio de 2024, desde entonces ya se conoc\u00eda la obligaci\u00f3n de aprobar normas complementarias nacionales y se pod\u00eda haber iniciado anteriormente el proceso de elaboraci\u00f3n de esta norma, que es una suerte de \u201cley de desarrollo\u201d, de manera que hubiera tiempo suficiente para una tramitaci\u00f3n relativamente reposada y no se alegaran las presentes urgencias.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"justificado\" id=\"justificado\">Y es que, en segundo lugar, el texto no ofrece especiales novedades, en buena medida porque tampoco podr\u00eda aportarlas: de los 4 cap\u00edtulos en los que se organizan los 37 art\u00edculos (el I sobre disposiciones generales, el II dedicado a la gobernanza y a las medidas de supervisi\u00f3n, el III sobre las pr\u00e1cticas prohibidas en el uso de sistemas de IA, las excepciones que, de acuerdo con el Reglamento de Inteligencia Artificial pueden autorizarse, y el procedimiento administrativo para gestionar las autorizaciones y el IV, que recoge la clasificaci\u00f3n de las infracciones y establece el r\u00e9gimen sancionador) el grueso del Anteproyecto lo ocupa el cap\u00edtulo de infracciones y sanciones (art\u00edculos 12 a 37), con dos terceras partes del total, que son una suerte de desarrollo de las previsiones contenidas en el cap\u00edtulo XII del RIA (art\u00edculos 99 a 101), que ya resultan bastante pormenorizadas en cuanto a importes m\u00e1ximos, hechos sancionables, circunstancias a tener en cuenta a la hora de concretar las sanciones\u2026<\/p>\n\n\n\n<p class=\"justificado\" id=\"justificado\">El r\u00e9gimen sancionador est\u00e1 ampliamente orientado a su aplicaci\u00f3n a sujetos privados que incurran en hechos sancionables; cuando, precisa el art\u00edculo 30.4, \u201cuna entidad del Sector P\u00fablico cometiese alguna de las infracciones recogidas en la presente Ley, la autoridad de vigilancia del mercado que resulte competente dictar\u00e1 resoluci\u00f3n declarando la infracci\u00f3n, apercibiendo a la entidad actuante, y estableciendo, en su caso, las medidas que proceda adoptar para que cese la conducta o se corrijan los efectos de la infracci\u00f3n que se hubiese cometido, excluyendo la imposici\u00f3n de multas administrativas\u2026\u201d; al respecto, el art\u00edculo 99.8 del RIA lo que prev\u00e9 es que \u201ccada Estado miembro establecer\u00e1 normas que determinen en qu\u00e9 medida es posible imponer multas administrativas a autoridades y organismos p\u00fablicos establecidos en dicho Estado miembro\u201d. El Anteproyecto contempla que la resoluci\u00f3n se notificar\u00e1 a la entidad responsable del sistema de IA, al \u00f3rgano del que dependa jer\u00e1rquicamente, en su caso, y a los afectados que ostenten la condici\u00f3n de interesados, en su caso. La autoridad de vigilancia del mercado competente propondr\u00e1 tambi\u00e9n la iniciaci\u00f3n de actuaciones disciplinarias cuando existan indicios suficientes para ello. En este caso, el procedimiento y las sanciones a aplicar ser\u00e1n las establecidas en la legislaci\u00f3n sobre r\u00e9gimen disciplinario o sancionador que resulte de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"justificado\" id=\"justificado\">Como ya se ha dicho, el cap\u00edtulo I (art\u00edculos 1 a 3) contiene las disposiciones generales relativas al objeto de la Ley -el r\u00e9gimen jur\u00eddico sancionador aplicable a los sistemas de IA introducidos, puestos en servicio, comercializados o en pruebas en condiciones reales, en territorio espa\u00f1ol, por incumplimientos del RIA y el r\u00e9gimen jur\u00eddico de autorizaci\u00f3n de uso de los sistemas de identificaci\u00f3n biom\u00e9trica remota \u00aben tiempo real\u00bb en espacios de acceso p\u00fablico-, las definiciones -b\u00e1sicamente ya previstas en el art\u00edculo 3 del RIA- y el \u00e1mbito subjetivo, tambi\u00e9n establecido en el RIA (art\u00edculo 2).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"justificado\" id=\"justificado\">El cap\u00edtulo II es de la gobernanza y la supervisi\u00f3n (art\u00edculos 4 a 9) y lo m\u00e1s relevante, y en buena medida previsible, es que, en primer lugar, se designa a la Secretar\u00eda de Estado de Digitalizaci\u00f3n e Inteligencia Artificial, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n General de Inteligencia Artificial, como autoridad notificante a los efectos de lo dispuesto en el art\u00edculo 28.1 del RIA, como \u00f3rgano responsable de establecer los procedimientos necesarios para la evaluaci\u00f3n, designaci\u00f3n y notificaci\u00f3n de los organismos de evaluaci\u00f3n de la conformidad, as\u00ed como de su supervisi\u00f3n. Quiz\u00e1s convendr\u00eda referirse a la Secretar\u00eda de Estado de Digitalizaci\u00f3n e Inteligencia Artificial \u201cu \u00f3rgano equivalente\u201d, por si cambia la denominaci\u00f3n de la primera.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"justificado\" id=\"justificado\">En segundo t\u00e9rmino, ser\u00e1n autoridades de vigilancia del mercado de los diferentes sistemas, con funciones inspectoras, la Agencia Espa\u00f1ola de Supervisi\u00f3n de la IA, la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos, el Banco de Espa\u00f1a, la Comisi\u00f3n Nacional del Mercado de Valores, la Direcci\u00f3n General de Seguros y Fondos de Pensiones, la Direcci\u00f3n de Supervisi\u00f3n y Control de Protecci\u00f3n de Datos del CGPJ y la Junta Electoral Central. Finalmente, la propia Agencia Espa\u00f1ola de Supervisi\u00f3n de Inteligencia Artificial ser\u00e1 la autoridad nacional competente responsable de establecer el espacio controlado de pruebas para la IA de obligada creaci\u00f3n en virtud del art\u00edculo 57.1 del RIA. Estas previsiones parecen razonables y no se hecha en falta la intervenci\u00f3n de otras autoridades.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"justificado\" id=\"justificado\">El cap\u00edtulo III (art\u00edculos 10 y 11) es de las prohibiciones y excepciones. Primero se reitera la prohibici\u00f3n, impuesta en el art\u00edculo 5.1 del RIA, de introducir en el mercado, poner en servicio o utilizar una serie de sistemas que implican vulneraciones manifiestas de derechos fundamentales. Nada nuevo tampoco aqu\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"justificado\" id=\"justificado\">En segundo lugar, se articula el procedimiento para las autorizaciones de uso de identificaci\u00f3n biom\u00e9trica remota \u00aben tiempo real\u00bb en espacios de acceso p\u00fablico con fines de garant\u00eda del cumplimiento del Derecho. Nos parece acertado que tal autorizaci\u00f3n sea \u201cjudicial\u201d, en lugar de la alternativa de una autoridad administrativa independiente que tambi\u00e9n contempla el RIA en el art\u00edculo 5. Dicha autoridad judicial ser\u00e1 un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, que deber\u00e1 resolver en 48 horas como m\u00e1ximo, entendi\u00e9ndose el silencio como desestimatorio. En el Anexo I del Anteproyecto se reiteran los casos en los que se podr\u00e1 autorizar el uso de estos sistemas ya previstos en el art\u00edculo 5.1.h del RIA: 1. La b\u00fasqueda selectiva de v\u00edctimas concretas de secuestro, trata de seres humanos o explotaci\u00f3n sexual de seres humanos, as\u00ed como la b\u00fasqueda de personas desaparecidas. 2. La prevenci\u00f3n de una amenaza espec\u00edfica, importante e inminente para la vida o la seguridad f\u00edsica de las personas f\u00edsicas o de una amenaza real y actual o real y previsible de un atentado terrorista. 3. La localizaci\u00f3n o identificaci\u00f3n de una persona sospechosa de haber cometido un delito a fin de llevar a cabo una investigaci\u00f3n o un enjuiciamiento penales o de ejecutar una sanci\u00f3n penal, por alguno de los siguientes delitos que en Espa\u00f1a se castigan con una pena o una medida de seguridad privativas de libertad cuya duraci\u00f3n m\u00e1xima alcanza o supera los cuatro a\u00f1os. La especialidad es la concreci\u00f3n de esos delitos que hace el legislador espa\u00f1ol: terrorismo, trata de seres humanos, explotaci\u00f3n sexual de menores y pornograf\u00eda infantil, tr\u00e1fico il\u00edcito de estupefacientes o sustancias psicotr\u00f3picas, tr\u00e1fico il\u00edcito de armas, municiones y explosivos\u2026<\/p>\n\n\n\n<p class=\"justificado\" id=\"justificado\">En suma, nos encontramos ante una norma que, si bien es necesaria, en cierta medida resulta redundante, con un perfil similar al de un reglamento en nuestra legislaci\u00f3n, que aporta alguna elecci\u00f3n acertada (la autorizaci\u00f3n judicial de la que se acaba de hablar) y que alardea en la Exposici\u00f3n de Motivos de crear un \u201cun nuevo derecho digital garante de derechos fundamentales b\u00e1sicos de la ciudadan\u00eda, cual es el derecho de desconexi\u00f3n o retirada del mercado de sistemas de IA que hayan provocado incidentes graves\u201d, cuando, en realidad, se trata de una sanci\u00f3n adicional prevista en el art\u00edculo 13.2 para las infracciones muy graves por pr\u00e1cticas de IA prohibidas y las infracciones en que un sistema de IA haya causado un incidente grave, en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 3.49 del Reglamento\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"justificado\" id=\"justificado\"><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el Consejo de Ministros del d\u00eda 11 de marzo de 2025&nbsp;el Gobierno dio \u201cluz verde al anteproyecto de ley para un uso \u00e9tico, inclusivo y beneficioso de la Inteligencia Artificial\u201d&nbsp;e inform\u00f3 que, cuando se convierta en ley, adaptar\u00e1 la legislaci\u00f3n espa\u00f1ola al reglamento europeo de IA, ya en vigor, combinar\u00e1 un enfoque regulador con [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[27],"tags":[10],"class_list":["post-700","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-blog","tag-miguel-presno"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/retina-der.uniovi.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/700","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/retina-der.uniovi.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/retina-der.uniovi.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/retina-der.uniovi.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/retina-der.uniovi.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=700"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/retina-der.uniovi.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/700\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":702,"href":"https:\/\/retina-der.uniovi.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/700\/revisions\/702"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/retina-der.uniovi.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=700"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/retina-der.uniovi.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=700"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/retina-der.uniovi.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=700"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}